Compañeros Taxistas, a continuación redactó la ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DEL SERVICIO DE VEHÍCULOS DE ALQUILER CON APARATO TAXÍMETRO.
I. OBJETO DE LA ORDENANZA.
Artículo 1. En cumplimiento de la disposición transitoria primera del Reglamento Nacional de los servicios Urbanos e Interurbanos de Transporte en Atomóviles Ligeros, aprobados por Real Decreto 763/1979, de 16 de marzo, se dicta la presente Ordenanza, con objeto de regular el servicio público de transportes de viajeros en automóviles con aparato taxímetro en el municipio de santa cruz de tenerife.
Artículo 3.
El número de licencias vendrá determinado por la necesidad y conveniencia del servicio a prestar al público en la forma y condiciones previstas en el artículo 11 del reglamento nacional y sus concordantes.
Creo que queda claro que es el Ayuntamiento el que concede las Licencias y si es el que las concede es el que debe de RESCATARLAS.
I. OBJETO DE LA ORDENANZA.
Artículo 1. En cumplimiento de la disposición transitoria primera del Reglamento Nacional de los servicios Urbanos e Interurbanos de Transporte en Atomóviles Ligeros, aprobados por Real Decreto 763/1979, de 16 de marzo, se dicta la presente Ordenanza, con objeto de regular el servicio público de transportes de viajeros en automóviles con aparato taxímetro en el municipio de santa cruz de tenerife.
Artículo 3.
El número de licencias vendrá determinado por la necesidad y conveniencia del servicio a prestar al público en la forma y condiciones previstas en el artículo 11 del reglamento nacional y sus concordantes.
Creo que queda claro que es el Ayuntamiento el que concede las Licencias y si es el que las concede es el que debe de RESCATARLAS.